Este 10 de junio de 2025, el Pleno de la Asamblea Nacional de Ecuador decidirá el destino de la Ley Orgánica de Inteligencia, una norma propuesta hace siete años para combatir el crimen organizado, pero que genera alarma por posibles violaciones a derechos humanos y falta de controles democráticos.
Tras siete años desde su presentación y cuatro de trámite en la Comisión de Seguridad Integral, la Ley Orgánica de Inteligencia llega al Pleno de la Asamblea Nacional este 10 de junio de 2025 para su votación final. El segundo debate, realizado el 3 de junio, no culminó en votación debido a múltiples observaciones de los legisladores. El presidente de la Asamblea, Niels Olsen, ordenó analizar e incorporar, de ser el caso, estas sugerencias. El texto definitivo fue aprobado el 7 de junio por la Comisión, con seis votos a favor y cuatro en contra, pero persisten dudas sobre su constitucionalidad.
La norma propone crear el Sistema Nacional de Inteligencia, compuesto por siete subsistemas: inteligencia de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, análisis financiero y económico, Casa Militar Presidencial, tributaria, aduanera y penitenciaria. El titular del sistema, designado por el presidente Daniel Noboa, debe ser ecuatoriano, sin sentencias ejecutoriadas y aprobar pruebas de confianza, aunque el Partido Social Cristiano (PSC) lamentó que no se exigiera experiencia en inteligencia, como propusieron.
Entre los puntos polémicos está el fondo de gastos especiales, público en el Presupuesto General del Estado, pero con asignaciones clasificadas. La Contraloría General del Estado controlará estos gastos y incinerará la información tras analizarla, una medida que el asambleísta Andrés Castillo (ADN) defendió: “La confidencialidad es clave para la seguridad nacional y evitar filtraciones”. También, solo la Comisión de Seguridad, dominada por el oficialismo, podrá requerir rendición de cuentas al Sistema de Inteligencia, con solicitudes debidamente motivadas y clasificadas.
Otro aspecto controvertido es la obligación de operadores de telecomunicaciones de entregar información histórica y en tiempo real—como conexiones, ubicaciones y datos técnicos—sin necesidad de orden judicial. Igual preocupación genera la facultad del ente rector para retener, abrir, interceptar o examinar documentos y comunicaciones por “seguridad del Estado”. Además, personas naturales y jurídicas deberán proporcionar datos de forma “segura, directa, gratuita y oportuna”, según la disposición transitoria primera.
La oposición, como Revolución Ciudadana (RC), se reunió el 9 de junio para definir su postura. Franklin Samaniego (RC) alertó sobre “escuchas telefónicas” sin control judicial, mientras el independiente Cristian Benavides, asambleísta por Carchi, advirtió: “La inviolabilidad de la correspondencia y la privacidad son derechos humanos que podrían violarse, haciendo la norma inconstitucional”. Sin embargo, Castillo (ADN) insistió en que la información recabada no se usará como prueba judicial, sino para informes de inteligencia contra el crimen.
La Ley de Inteligencia busca dotar a Ecuador de herramientas para enfrentar el crimen organizado, que ha elevado la violencia a niveles críticos. Sin embargo, la falta de órdenes judiciales para interceptaciones y la escasa supervisión despiertan temores de abusos. El Pleno decidirá este 10 de junio si aprueba la norma o la ajusta para proteger derechos fundamentales.