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¡Sin celulares en las urnas! El CNE prohíbe el uso de dispositivos móviles en la segunda vuelta electoral

En una decisión histórica y polémica, el Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó este jueves 13 de marzo de 2025 una resolución que prohíbe el uso de celulares y otros dispositivos electrónicos en los recintos electorales durante la votación de la segunda vuelta presidencial, programada para el próximo 13 de abril. La medida fue adoptada con tres votos a favor y una abstención, a un mes de los comicios que definirán si Daniel Noboa continúa como presidente o si Luisa González, representante del correísmo, se convierte en la primera mujer presidenta de Ecuador.

La resolución: ¿Qué implica la prohibición?

La nueva normativa establece que tanto los electores como los miembros de las juntas receptoras del voto (JRV) no podrán utilizar dispositivos móviles, eléctricos o electrónicos durante el proceso de votación. La única excepción será para uno de los integrantes de cada JRV, quien podrá usar un dispositivo para realizar las operaciones matemáticas necesarias al llenar las actas de escrutinio, pero solo después del cierre de las urnas a las 17:00.

Según el consejero José Cabrera, quien presentó la moción, esta decisión se basa en informes de inteligencia policial que evidenciaron denuncias de extorsión a votantes durante la primera vuelta electoral. "Esta medida busca proteger a los ciudadanos de posibles presiones externas que puedan influenciar su voto o afectar la transparencia del escrutinio", explicó Cabrera, fundamentándose en la Constitución y el Código de la Democracia.

Por su parte, la presidenta del CNE, Diana Atamaint, aseguró que la prohibición no afectará ni a los delegados de partidos políticos ni a los observadores internacionales y medios de comunicación. Estos últimos podrán seguir realizando su labor de control electoral, incluida la toma de fotografías de las actas. Sin embargo, los votantes deberán cumplir estrictamente con la restricción.

"Tenemos la obligación de garantizar que los comicios generales de 2025, segunda vuelta, se desarrollen de forma libre y transparente. Y que los ciudadanos ejerzan su derecho al voto en forma secreta y sin ningún tipo de intimidación", afirmó Atamaint.

Controversia y reacciones

La medida fue objeto de fuertes críticas por parte de la consejera **Elena Nájera**, quien calificó la resolución como "ilegal" e "inconstitucional", acusando que responde a "presiones externas del poder de turno". Durante la sesión del Pleno, Nájera votó inicialmente en contra de la moción, luego se abstuvo y finalmente abandonó abruptamente la reunión virtual. 

Nájera argumentó que la prohibición podría vulnerar derechos fundamentales de los electores, como la libertad de expresión y el acceso a herramientas tecnológicas básicas. Además, señaló que la medida podría ser utilizada para ocultar irregularidades en el proceso electoral.

Por otro lado, la ausencia de la consejera Esthela Acero en la sesión dejó aún más dividido al Pleno, lo que amplificó las tensiones entre los miembros del organismo electoral.

Contexto político: Una elección polarizada

La decisión del CNE llega en un contexto de alta polarización política tras los resultados de la primera vuelta electoral, en la que Daniel Noboa (ADN) y Luisa González (Unión por la Esperanza) terminaron prácticamente empatados. Según datos preliminares, aunque la votación correísta creció significativamente en comparación con procesos anteriores, Noboa logró duplicar el número de votos obtenidos por González en algunas regiones clave.

Este empate técnico ha generado expectativa sobre el desenlace de la segunda vuelta, donde ambos candidatos buscan consolidar su liderazgo en un país profundamente dividido. Mientras Noboa representa la continuidad de su gestión actual, González encarna el retorno del correísmo, movimiento que ha dominado la política ecuatoriana durante más de una década.

¿Qué significa para los votantes?

Para los ciudadanos, la prohibición implica que deberán dejar sus dispositivos móviles en casa o depositarlos en un lugar designado antes de ingresar a las cabinas de votación. La medida busca evitar prácticas como la toma de fotografías del voto marcado, que podrían ser utilizadas como prueba de coacción o compra de votos.

Sin embargo, también plantea interrogantes sobre la implementación práctica de la normativa y cómo se garantizará el cumplimiento sin afectar el derecho constitucional de los electores a portar sus dispositivos personales.

Un precedente inédito

La resolución marca un precedente inédito en el sistema electoral ecuatoriano. Si bien medidas similares han sido adoptadas en otros países para garantizar la privacidad del voto, en Ecuador nunca antes se había regulado de manera tan estricta el uso de tecnología en los recintos electorales.

Aunque el CNE asegura que la decisión responde a la necesidad de proteger la democracia frente a amenazas externas, la medida ha generado un intenso debate sobre su legitimidad y alcance. Para muchos, representa un esfuerzo legítimo por salvaguardar la transparencia; para otros, una estrategia política que podría limitar la libertad de los votantes.

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