Noboa reforma la Ley de Comunicación: Cambios en concesiones de frecuencias y regulación de medios
El 14 de octubre de 2024, el presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 421, que introduce importantes modificaciones al Reglamento General de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC). Este decreto busca ajustar la normativa vigente para alinearla con estándares internacionales y garantizar la libertad de expresión en el Ecuador.
Actualización de protocolos y procesos de adjudicación de frecuencias
El decreto establece que, en un plazo de 60 días desde su publicación en el Registro Oficial, el Consejo de Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación debe actualizar y codificar los manuales, protocolos y directrices del sector. Estas disposiciones deben respetar los estándares internacionales en materia de comunicación.
Además, la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel) tiene la tarea de organizar un Proceso Público Competitivo y Equitativo para la adjudicación de frecuencias del espectro radioeléctrico, garantizando que el proceso cumpla con las normativas constitucionales y la Ley Orgánica de Comunicación.
🚨#URGENTE | A través del Decreto 421, el presidente @DanielNoboaOk dispuso reformar el Reglamento General de la Ley Orgánica de Comunicación. pic.twitter.com/DaJysAdVa0
— NotiMundo (@notimundoec) October 15, 2024
Restricciones en la propiedad de medios y concesiones de frecuencias
Una de las medidas más relevantes es la prohibición de que medios de comunicación de carácter nacional estén bajo propiedad de organizaciones o ciudadanos extranjeros que no residan de manera regular en Ecuador. También se limita la posibilidad de que una misma persona natural o jurídica pueda adjudicarse más de una concesión de frecuencia en el territorio nacional.
Además, se introducen inhabilitaciones para la adjudicación de frecuencias, afectando a personas con relaciones de parentesco con concesionarios y aquellas en mora con instituciones públicas.
Regulación de la publicidad y transmisión de señales
El Decreto prohíbe la publicidad engañosa y limita la promoción de productos como cigarrillos y bebidas alcohólicas. La publicidad de bebidas alcohólicas no deberá superar el 5% del grado alcohólico.
Asimismo, los operadores de servicios de audio y video por suscripción estarán obligados a retransmitir canales de señal abierta, siempre y cuando cuenten con la autorización de los titulares de los derechos sobre los contenidos.
Modificaciones clave a la Ley de Comunicación
Entre las reformas más significativas está la sustitución del artículo 2 de la Ley Orgánica de Comunicación, ampliando el ámbito de aplicación de la normativa para que sea de carácter obligatorio para el Estado, las personas y los medios de comunicación social.